El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, aprobó el pasado 24 de junio el Real Decreto-ley 7/2025, publicado en el BOE el 25 de junio. Esta norma surge como respuesta al “cero eléctrico” de abril, y tiene como objetivo reforzar la resiliencia y supervisión del sistema eléctrico.
Este nuevo marco legal impacta directamente en el ejercicio profesional de los ingenieros técnicos industriales, especialmente en ámbitos como el autoconsumo, almacenamiento, energías renovables y redes eléctricas.
⚙️ Normativa técnica afectada
El Real Decreto-ley modifica las siguientes disposiciones clave:
- Ley 24/2013, del Sector Eléctrico
- RD 413/2014, sobre renovables, cogeneración y residuos
- RD 1183/2020, de acceso y conexión a redes
- RD 244/2019, de autoconsumo
- RD 1955/2000, sobre autorizaciones eléctricas
📊 Tabla comparativa: Cambios normativos principales
Normativa | Artículo anterior | Nueva redacción |
Ley 24/2013 | Art. 21.5 – No incluía el almacenamiento | Incluye el almacenamiento como parte de la instalación |
RD 413/2014 | Art. 7.e) – Factor de potencia fijo | Nuevo rango (0,98C–0,98I), penalizaciones y servicios de control |
Anexo III.2 – Sin penalización | Penalización de 0,261 c€/kVArh/h por incumplimiento | |
Anexo XV – Prioridad a renovables | Prioridad a híbridas con almacenamiento y sin penalizaciones | |
RD 1183/2020 | Art. 26.5 – Sin caducidad para permisos | Permisos caducan si no se contrata 50% en 5 años |
RD 244/2019 | Art. 4.5 – No se podían combinar modalidades | Se permite simultanear individual y colectivo |
Art. 3.g.iii) – Distancia 500 m | Se amplía a 5 km si la instalación es en cubierta (≤5 MW) | |
RD 1955/2000 | Art. 132 – Autorización única | Se diferencian autorizaciones provisionales y definitivas |
🔍 Puntos clave e implicaciones
✅ Repotenciación renovable
- Ampliaciones ≤25% de potencia → tramitación más simple.
- EIA solo exigida sobre el impacto diferencial.
- Importante para la actualización de parques eólicos.
⚡ Autoconsumo: más flexible y accesible
- Nuevo Gestor de Autoconsumo para colectivos o comunidades.
- Combinación posible: individual sin excedentes + colectivo por red.
- Distancia ampliada a 5 km en cubiertas industriales (≤5 MW).
🔋 Almacenamiento energético: impulso decisivo
- Declarado de utilidad pública.
- Tramitación simplificada para proyectos híbridos.
- Permisos de acceso más flexibles → estabilidad y reducción de vertidos.
💸 Retribución y penalizaciones
- Retribución por servicios de control de tensión.
- Penalizaciones por incumplimientos en factor de potencia o consignas.
- Fomento del modelo “grid forming”.
🛡️ Protección económica para instalaciones RECORE
- En 2025, no se penalizarán las horas con precios negativos.
- Se asegura la rentabilidad de las instalaciones con régimen específico.
🕵️ Supervisión e inspección
- CNMC y operador del sistema: planes de inspección y supervisión.
- Mejora en la coordinación de datos entre REE y distribuidores.
- Se mantiene la demanda de crear una nueva Comisión Nacional de la Energía (CNE).
🎯 Nuevo objetivo nacional de flexibilidad
- El Gobierno se compromete a definir un objetivo nacional de flexibilidad eléctrica.
- Aún pendiente: cuantificación, tecnologías aplicables y proporción.
📎 Documentación de interés
- 📄 Texto completo del Real Decreto-ley 7/2025 – BOE-A-2025-12857
- 🗂️ Referencia del Consejo de Ministros (24 de junio de 2025)