Nuevo Real Decreto-ley 7/2025: Cambios clave en el sector eléctrico

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, aprobó el pasado 24 de junio el Real Decreto-ley 7/2025, publicado en el BOE el 25 de junio. Esta norma surge como respuesta al “cero eléctrico” de abril, y tiene como objetivo reforzar la resiliencia y supervisión del sistema eléctrico.

Este nuevo marco legal impacta directamente en el ejercicio profesional de los ingenieros técnicos industriales, especialmente en ámbitos como el autoconsumo, almacenamiento, energías renovables y redes eléctricas.

 

⚙️ Normativa técnica afectada

El Real Decreto-ley modifica las siguientes disposiciones clave:

  • Ley 24/2013, del Sector Eléctrico
  • RD 413/2014, sobre renovables, cogeneración y residuos
  • RD 1183/2020, de acceso y conexión a redes
  • RD 244/2019, de autoconsumo
  • RD 1955/2000, sobre autorizaciones eléctricas

 

📊 Tabla comparativa: Cambios normativos principales

Normativa Artículo anterior Nueva redacción
Ley 24/2013 Art. 21.5 – No incluía el almacenamiento Incluye el almacenamiento como parte de la instalación
RD 413/2014 Art. 7.e) – Factor de potencia fijo Nuevo rango (0,98C–0,98I), penalizaciones y servicios de control
Anexo III.2 – Sin penalización Penalización de 0,261 c€/kVArh/h por incumplimiento
Anexo XV – Prioridad a renovables Prioridad a híbridas con almacenamiento y sin penalizaciones
RD 1183/2020 Art. 26.5 – Sin caducidad para permisos Permisos caducan si no se contrata 50% en 5 años
RD 244/2019 Art. 4.5 – No se podían combinar modalidades Se permite simultanear individual y colectivo
Art. 3.g.iii) – Distancia 500 m Se amplía a 5 km si la instalación es en cubierta (≤5 MW)
RD 1955/2000 Art. 132 – Autorización única Se diferencian autorizaciones provisionales y definitivas

 

🔍 Puntos clave e implicaciones

✅ Repotenciación renovable

  • Ampliaciones ≤25% de potencia → tramitación más simple.
  • EIA solo exigida sobre el impacto diferencial.
  • Importante para la actualización de parques eólicos.

⚡ Autoconsumo: más flexible y accesible

  • Nuevo Gestor de Autoconsumo para colectivos o comunidades.
  • Combinación posible: individual sin excedentes + colectivo por red.
  • Distancia ampliada a 5 km en cubiertas industriales (≤5 MW).

🔋 Almacenamiento energético: impulso decisivo

  • Declarado de utilidad pública.
  • Tramitación simplificada para proyectos híbridos.
  • Permisos de acceso más flexibles → estabilidad y reducción de vertidos.

💸 Retribución y penalizaciones

  • Retribución por servicios de control de tensión.
  • Penalizaciones por incumplimientos en factor de potencia o consignas.
  • Fomento del modelo “grid forming”.

🛡️ Protección económica para instalaciones RECORE

  • En 2025, no se penalizarán las horas con precios negativos.
  • Se asegura la rentabilidad de las instalaciones con régimen específico.

🕵️ Supervisión e inspección

  • CNMC y operador del sistema: planes de inspección y supervisión.
  • Mejora en la coordinación de datos entre REE y distribuidores.
  • Se mantiene la demanda de crear una nueva Comisión Nacional de la Energía (CNE).

🎯 Nuevo objetivo nacional de flexibilidad

  • El Gobierno se compromete a definir un objetivo nacional de flexibilidad eléctrica.
  • Aún pendiente: cuantificación, tecnologías aplicables y proporción.

📎 Documentación de interés

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