En la Asamblea General Ordinaria del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales (COGITI) celebrada el pasado 4 julio del 2009 se aprobó el "Código Deontológico y de Actuación Profesional de la Ingeniería Técnica Industrial", cuyo contenido es de obligado cumplimiento para todos los profesionales que ejerzan la profesión sustentada en su titulación, sea por cuenta propia o ajena.
La función social de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial exige el establecimiento de unas normas deontológicas que definan con claridad las exigencias éticas de la conducta de sus profesionales y que eviten comportamientos inadecuados.
Las actividades propias de la profesión requieren conocimientos científicos y técnicos, experiencia y sentido práctico, en servicio tanto al bien público como al privado.
La responsabilidad profesional y los principios deontológicos de conducta deben servir como modelo para la vida profesional, sujetando su ejercicio a la función social que se ha de cumplir, promoviendo las condiciones para el progreso social, en un mejor servicio a la sociedad.
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